Autorización para practicar la pesca submarina en los espacios de relevancia ambiental las Illes Balears
Obtener la correspondiente autorización y declaración de afección para realizar actividades en los espacios de relevancia ambiental.
Código SIA
208321
Personas destinatarias
Personas físicas con licencia de pesca submarina de las Illes Balears y federados a la Federación Balear de actividades subaquàtiques (FBAS)
Plazo máximo para la resolución y notificación
Un plazo máximo de seis meses
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
No
Disponible para tramitar por persona apoderada
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal
Simplificación documental
Trámites
Presentación de solicitud
Requisitos
Presentar la solicitud rellenada y firmada.
Tasas
R52 . Tasa para la expedición de autorizaciones anuales para la pesca submarina a las reservas marinas y en los espacios naturales protegidos de las Illes Balears , que para el año 2024 es de 53,90 €. - A través del portal de la Agencia Tributaria de las Illes Balears al enlace: https://www.atib.es/ta/modelos/modelo.aspx?m=046&idconcepto=9905
Documentación a presentar
- Fotocopia de la tarjeta federativa de la Federación Balear de Actividades Subacuáticas.
- Fotocopia de la licencia de pesca submarina del Consejo Insular correspondiente o de la Consejería de Agricultura, Pesca i Medio Natural.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
Modelos:
Plazo máximo
No hay plazo para presentar la solicitud, es el mismo que del procedimiento (6 meses).
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Servicio de Espacios Naturales
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Espacios Naturales
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100 - Fax: 971176698
(autoritzacions@dgmedinatural.caib.es)
Presentación de documentación
Requisitos
Rellenar y firmar la hoja de declaración de capturas de pesca en el espacio natural protegido.
Documentación a presentar
Hoja de declaración de capturas de pesca en el espacio natural protegido.
Modelos:
Plazo máximo
Antes de finalizar el año correspondiente a la autorización para practicar la pesca submarina.
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Espacios Naturales
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100 - Fax: 971176698
(autoritzacions@dgmedinatural.caib.es)
Subsanación de la solicitud
Requisitos
Haber realizado previamente la solicitud y haber recibido un requerimiento de información.
Documentación a presentar
La solicitada en el documento de subsanación de deficiencias.
Modelos:
Plazo máximo
10 días
Forma de presentación
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede realizar el presente trámite a través de uno de los siguientes canales (entre otros):
a) De manera telemática (*obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y opcional para a las personas físicas), haciendo un "click" en el botón «Acceso al trámite telemático» que se encuentra en la parte inferior de este trámite. Para poder hacer este tipo de trámite, debe disponer de certificado digital, DNI electrónico o cl@ve permanente.
b) De manera presencial (sólo para personas físicas), en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración Local. Puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la Administración Autonómica.
c) Además, también puede enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, debe presentar los documentos en un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotadas en el resguardo justificativo de la presentación.
*Los sujetos a los que se refieren los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones, por lo que, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.4 de la referida Ley, si alguno de estos sujetos presenta su solicitud presencialmente, la Administración Pública le requerirá que la subsane mediante la presentación por vía electrónica.
Órgano competente para la tramitación
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal
Contacto
Servicio o Sección responsable
Servicio de Espacios Naturales
C/ Gremi de Corredors, 10 (Polígon Son Rossinyol). Tel.: 971176100 - Fax: 971176698
(autoritzacions@dgmedinatural.caib.es)
Información sobre protección de datos
De conformidad con el reglamento (UE) 2016/679 y la legistación vigente en materia de protección de datos, se informa del tratamiento de los datos personales que contiene este trámite
Responsable del tratamiento
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal
Finalidad
Tramitación del procedimiento
Legitimación
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
Destinatario
No se cederán datos a terceros sacado de obligación legal
Derechos
Derechos de acceso, rectificación, supresión, de limitación, de portabilidad, de oposición y de no inclusión en tratamientos automatizados, como se explica en la información adicional
Información adicional